MESA DE HOMOLOGACIÓN/INTEGRACIÓN
MESA DE HOMOLOGACIÓN/INTEGRACIÓN

Seguimos avanzando. Hoy la Empresa ha modificado su propuesta de MOVILIDAD, acercándose a nuestra postura que prima la progresividad frente a la aplicación inmediata de la MOVILIDAD como defiende ALE.
Además se ha avanzado en otros temas que pasamos a detallar.
Tienes que hacer clic en cada uno de los epígrafes para que se despliegue más información

MOVILIDAD
Propuesta inicial de la Empresa

Última Propuesta de la Empresa

Ambas tienen en común que no incluye una cláusula de protección en caso de cierre de oficina y que las compensaciones no serán las del Convenio Kutxabank, habrá que negociar otras. Además no blinda la Comunidad Autónoma.
Propuesta que sigue manteniendo Asprobank

Sistema progresivo durante 4 años con una cláusula especial que proteja a los empleados ante el cierre de oficinas similar al firmado en los ERES. Una vez transcurridos los 4 años compromiso de la Empresa de no aplicar traslados fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuando se aplique la movilidad del Convenio Kutxabank. Las compensaciones serán las establecidas en el Convenio Colectivo de Kutxabank.
CLASIFICACIÓN DE OFICINAS/ASCENSOS POR ANTIGÜEDAD
.- Primera propuesta de la Empresa sobre ascensos por antigüedad

.- Última propuesta de la Empresa sobre ascensos por antigüedad

.- Primera propuesta de la Empresa para homologación de la diferencia retributiva que se produzca en cuanto al nivel retributivo y complemento de puesto en la nueva clasificación de puestos y clasifican.

.- Última propuesta de la Empresa

En otro orden de cosas Asprobank ha exigido la adopción de las siguientes medidas:
1.- El año 2025 contará en el computo de tres años de clasifican separado, por lo tanto se aplicará un clasifican separado durante los años 2025, 2026 y 2027, ya que, solicitamos que en el mismo momento de la integración efectiva se haga un clasifican con los datos del mes anterior. Es decir, si nos integramos en Septiembre, que se elabore un clasifican con los datos de Agosto para no perder esos meses (de Septiembre a Diciembre) a efectos económicos y de consolidación.
2.- Al director/a de la oficina que se quede fuera de la clasificación se le asignará un Nivel VIII Kutxabank con un complemento de puesto de 1.500.
3.- En cuanto al cobro de la diferencia retributiva, la Empresa propone la siguiente progresividad; 50% + 50% + complemento de puesto. Planteamos que, en el caso de que la diferencia de nivel entre el nivel consolidado y el nivel del puesto resultante fuera solo de un nivel, el primer año se percibirá el 100% del complemento de nivel. El complemento de puesto cuando corresponda según Convenio Kutxabank.
Si algún Director/a de oficina o Subdirector/a de oficina ya tuviera consolidado el nivel del puesto, percibirá desde el principio el complemento de puesto.
4.- Respecto de la nueva Clasificación de oficinas/Puestos solicitamos que aquel que por efecto de la aplicación del clasifican o estudios de puesto ya no siga en la nuevas carreras, se le asignará un complemento cuyo importe será el 100% de la pérdida económica real que se produzca como consecuencia de ese cambio.
5.- En SSGG el mismo sistema que en la red, la Empresa tendrá un límite de un mes para hacer el nuevo estudio de puestos una vez se lleve a efecto la integración.
Para terminar hemos solicitado que la Empresa se replanté los siguientes temas para poder seguir avanzando:
.- Aportación previsión social (Plan de pensiones): Nueva propuesta, la actual no nos encaja ni en tiempo ni en cantidad.
.- Ayuda hijos: No progresividad en su aplicación.
.- Plus asistencia: Volvemos a solicitar la no absorción.
Asprobank, tu equipo sindical en banca.
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