¿Dónde puedo hacer la formación obligatoria y la que me ponga a disposición la empresa?

Una vez cerrada la oficina al público y transcurridos 10 minutos para el desarrollo de las tareas vinculadas al cierre, cuadre y arqueo del puesto, los empleados y empleadas podrás dedicar los 35 o 40 minutos de jornada restantes (hasta las 14:45 o 14:50 según la distribución establecida en el calendario laboral) al desarrollo efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o empleada.

Así mismo, en jornada partida, podrá utilizarse 15 minutos desde las 18:30 a las 18:45 al desarrollo efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o empleada.

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